El banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que dicho banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco "cree oportuno" y de por vida. Cuando las subastas quedan vacías (que es lo que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del 50% de su valor, continuando con el reclamo del 100% al embargado y pudiendo revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno con un 50% de margen....... Una gran estafa vaya.Os sugiero una salida, un "modelo legal", que un banco no te va a contar, pero nosotros si que lo vamos a hacer...
Método por el cual, se pierde de igual manera la "propiedad", pero, no te pueden echar de tu casa...
En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración "indefinida", `por ejemplo 50 o 100 años, cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el registro de la propiedad.
En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.
Resultado del embargo: la "titularidad de la propiedad" cambia a nombre del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero, tendremos que pagar a nuestro nuevo "casero" por nuestro ex piso 10€ al mes y de por vida.
Ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las buscamos… Aquí tenéis una gran arma de defensa, cuando "legalmente" no pueda seguir usándose, buscaremos más.
Como todos podemos conocer gente desahuciada, o gente que conozca gente ... desahuciada, os mando esta utilísima información de abogados en acción... Difundidla, por favor... Un beso grande Abogados en Acción: QUE RULE!!.....
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