21 diciembre 2008

¿EN MADRID SE PRIVATIZA LA SANIDAD PUBLICA?

Doña Esperanza Aguirre, ¿Nos puede explicar a los madrileños que significa la disposición transitoria tercera de BOCM que a continuación se indica?:

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid – Núm. 84
Sección 1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Disposiciones Generales A)
Consejería de Sanidad

1414 DECRETO 22/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Mediante el Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, a la Consejería de Sanidad se le atribuyen todas las competencias de la antigua Consejería de Sanidad y Consumo, a excepción de las relativas a esta última materia, que quedan atribuidas a la actual Consejería de Economía y Consumo. Con posterioridad, mediante el Decreto 40/2007, de 20 de junio, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, se define la estructura básica de la Consejería de Sanidad.
Estas modificaciones hacen necesario dotar a la Consejería de ¬Sanidad de un nuevo marco organizativo, que permita, además, afrontar los nuevos retos y cumplir, de manera eficiente y satisfactoria, los objetivos precisos para seguir avanzando en la mejora de la asistencia sanitaria en la Comunidad de Madrid.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.u) y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Sanidad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de abril de 2008,

DISPONGO

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Tercera
Instituto de Salud Pública
La extinción del Instituto de Salud Pública, y los efectos que de la misma se deriven, a que se refiere la disposición adicional tercera del presente Decreto no tendrá lugar hasta que se proceda por la Consejería de Hacienda a aprobar las modificaciones de crédito y de plantilla, así como las otras operaciones sobre los presupuestos que procedan, y a la adecuación de las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa resultante del presente Decreto.
Doña Esperanza Aguirre, se empeña y privatiza lo mejor que tenemos, la Sanidad Pública.

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